Los estacionamientos en Oaxaca al orden

-Congreso amplía facultades a la SEMOVI para regular su funcionamiento

Redacción/Barra Informativa/Oaxaca, 21 de enero 2020.- Debido a la anarquía en que trabajan los estacionamientos públicos y privados en el estado, la problemática permanente para el usuario ya que no existe una normatividad vigente que regule esta actividad y considerando que en el ámbito de las facultades que corresponden a la Secretaría de Movilidad está la de establecer la normatividad, sin perjuicio de la competencia municipal, los estudios que contribuyan a determinar el diseño, la ubicación, construcción, tarifas y el funcionamiento de los estacionamientos públicos, el Congreso de Oaxaca aprobó el dictamen que adiciona fracciones a diverso artículos de la Ley de Movilidad.

La iniciativa de adición a la ley mencionada fue propuesta de la diputada Yarith Tannos Cruz, la cual tuvo que pasar por la aprobación de la Comisión Permanente de Movilidad, Comunicaciones y Transportes de la LXIV Legislatura local.

El Decreto establece:

Artículo Único.- SE ADICIONAN, LAS FRACCIONES XIV, XV, XVI Y XVII AL ARTÍCULO 4, CORRIÉNDOSE EN SU ORDENLAS SUBSECUENTES; LOS ARTÍCULOS 24 BIS Y 24 TER, LA FRACCIÓN XI AL ARTÍCULO 31; LAS FRACCIONES XL, XLI Y XLII AL ARTÍCULO 37, CORRIÉNDOSE EN SU ORDEN LA SUBSECUENTE; Y LA FRACCIÓN XV AL ARTÍCULO 38 DE LA LEY DE MOVILIDAD PARA EL ESTADO DE OAXACA.

Dichas adiciones van desde la definición del espacio en cuestión, estacionamiento, y las diversas modalidades, en vía pública, privado y público, pasando por la normatividad y lineamientos generales para la ubicación, construcción, clasificación y funcionamiento de los estacionamientos públicos, la implementación de tecnologías que faciliten su operación y la atención al usuario. De la misma manera por el registro, supervisión periódica y actualización

Los estacionamientos públicos y privados deberán contar con instalaciones necesarias para seguridad de personas y vehículos, considerando a personas con discapacidad y a bicicletas y motocicletas.

Agentes de movilidad podrán supervisar en todo tiempo que se cumpla con la normatividad, los operadores y acomodadores deberán contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil o fianza que garantice a los usuarios el pago de los daños que pudiera sufrir su persona, vehículo o a terceros de conformidad con la normatividad vigente.

Se podrán emitir estudios para determinar el diseño, la ubicación, construcción, tarifas y el funcionamiento de los estacionamientos públicos; así como la política integral de estacionamientos públicos en el estado de Oaxaca; en base a estudios se propondrán las trifas al Ejecutivo buscando cumplir con la reducción del uso del automóvil y promover el del transporte público y no motorizado.

Esta nueva normatividad entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. En tanto la Secretaria de Movilidad y el titular del Poder ejecutivo tienen 60 días luego de la entrada en vigor, para establecer la normatividad para elaborar, sin perjuicio de la competencia municipal, los estudios que contribuyan a determinar todo lo referente a los estacionamientos públicos.

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