Nuestra carta magna establece en su artículo 4º que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar Al Estado, le corresponde establecer las bases para procurar la protección y cuidado del medio ambiente. En el primer artículo de la Ley de Cambio Climático para el Estado de Oaxaca se establece que el Estado debe instrumentar la política estatal de cambio climático e incorporar acciones de adaptación, prevención de desastres y mitigación. La Comisión Intersecretarial de Cambio Climático de Oaxaca es la facultada para coordinar…
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