Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 31 de mayo de 2022.- En sesión pública realizada mediante videoconferencia, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declaró la inexistencia de actos anticipados de precampaña, atribuidos a Salomón Jara Cruz. En la resolución del Procedimiento Especial Sancionador 01 del año 2022, el Pleno señaló que no se acreditó la existencia del periódico Regeneración Oaxaca, tampoco, su distribución por parte de Jara Cruz o sus simpatizantes. Además, consideró que, en la difusión de la propaganda electoral denunciada, no se configuró el elemento subjetivo, al…
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