Por Mónica Cerbón |PopLab |02 jul 2024. La resolución ocurre en un proceso de amparo promovido por ambientalistas que denuncian la no aplicación del plan de manejo en la mezquitera La Pona; municipio responde que no invertirá más recursos en el predio.
El Juzgado Quinto de Distrito en Aguascalientes sentenció al municipio de la capital por incumplimiento en las medidas de protección ambiental para la mezquitera La Pona, considerada un área natural protegida pero amenazada por la industria inmobiliaria. La falta de cuidados, ha dicho el juzgado, ocasiona un daño ambiental que, incluso, puede afectar a la salud de las personas. El caso forma parte de un proceso de amparo promovido por la organización civil Salvemos La Pona, con el que buscan la protección de las 31.4 hectáreas de esa zona, uno de los dos últimos pulmones naturales que existen en la capital del estado.
La resolución ocurre a casi un año de que la organización civil denunció la falta de cumplimiento de las medidas de protección, dentro del juicio de amparo en el que obtuvieron una suspensión definitiva de cualquier tipo de acto en ese bosque de mezquites, un árbol endémico de la entidad. El amparo se promovió cuando, en 2021, el Municipio de Aguascalientes clasificó a 16.5 hectáreas de la zona como “área de crecimiento” en el Programa de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Aguascalientes 2040, y como “área para uso primordialmente habitacional” en el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la ZUFO Centro 2040.
La autoridad municipal ha negado el descuido, y ha dicho que no invertirá más recursos públicos en ese predio, que es privado. El pasado mes de febrero presentó un informe justificado ante el Juzgado argumentando que realiza recorridos de vigilancia, detención de personas indigentes, recogimiento de escombro y otras actividades, pero frente a las pruebas periciales realizadas, esos argumentos no fueron suficientes.
“(El Municipio) ha hecho caso omiso al mantenimiento de esa Área Nacional Protegida, la cual se encuentra en la Categoría Zona de Conservación Ecológica de la Ciudad de Aguascalientes. (…) se encuentra probado el daño ambiental, urbano, a la salud e inclusive el riesgo a la integridad y la vida de las personas, generado por la falta de aplicación del Plan de Manejo Área Natural Protegida “La Pona”. Por ende, debe considerarse que las autoridades responsables han incurrido en un defecto en el cumplimiento de la suspensión definitiva, al no realizar los actos debidos y necesarios para que de manera inmediata se garantice la aplicación del Plan de Manejo Área Natural Protegida”, se lee en la sentencia en poder de PopLab.
Durante más de dos décadas, la mezquitera ha sido protegida por organizaciones civiles ambientalistas, pues aunque sus beneficios ambientales han sido declarados como fundamentales para la entidad, se trata de un predio privado en el que sus dueños buscan construir un complejo habitacional residencial. Y aunque el Municipio en el discurso ha dicho que protegerá la zona, en los hechos eso no ocurre.
Para los ambientalistas, la falta de atención de las autoridades responde al interés para urbanizar la zona.
“No se hace un seguimiento, no hay medidas de prevención, hay muchísimo escombro, no se dan indicaciones de que el espacio es un área protegida, el espacio protegido no está delimitado, no hay acceso al agua constante para la mezquitera, no se cuida el espacio pese a que hay todo un plan de manejo, es un descuido en general; entonces el juez ya declaró que efectivamente la autoridad municipal está siendo omisa y cuando una autoridad no hace caso a una resolución judicial, se considera como desacato”, explicó en entrevista Belinda Camarena, integrante de la Clínica de Litigio Estratégico en Derechos Humanos y miembro del equipo jurídico de Salvemos La Pona.
Ante el juzgado, la organización presentó un peritaje con diversas pruebas que acreditan la falta de cuidado que el municipio ha tenido para con la mezquitera, mismos que fueron comprobados en una inspección por la perito del Poder Judicial, Laura Esther Márquez López, quien encontró que el 90% de los árboles en la zona presentan quemaduras, ocasionadas “de manera intencional”, que van del 30 al 80% de su tallo.
La perito también encontró problemáticas de degradación ambiental por la presencia de escombro, la inexistencia de una delimitación clara de la zona natural protegida –que corresponde a 17.4 hectáreas–, así como la falta de vigilancia permanente, la ausencia de un programa ambiental, y la inexistencia de actividades de mejora y restauración en el sitio.
“Se concluyó que se ha quemado y maltratado a muchos mezquites, incluso aumentó la tala de árboles; que dicha quema no ha sido forestal, sino que se ha ejecutado de forma deliberada, por lo que es urgente que se cerque el área para que se elimine el vandalismo. (…) las autoridades competentes deberán invertir en la preservación más importante, que es la vida de este ecosistema, porque se corre el riesgo de ser destruido por la falta de aplicación de la norma respectiva”, se lee en el documento judicial.
Julio Medina, secretario del medio ambiente en el municipio de Aguascalientes, dijo en entrevista con PopLab que las deficiencias obedecen a la falta de recursos y a que el municipio, afirmó, no invertirá recursos en un predio privado, pese a que está clasificado como un área natural protegida.
“Ojalá pudiéramos tener la cantidad de personal suficiente para resguardar cada metro cuadrado del Área Natural Protegida. Efectivamente, no está delimitada porque el Área Natural Protegida, a pesar de tener una declaratoria, es un área privada. Tiene un dueño. No podemos invertir una cantidad de dinero. A mí que la declaratoria me diga cómo le voy a meter recursos públicos a un predio privado. A ver si alguna asociación civil, de las que están tan activas últimamente, puede conseguir recursos y donar la cantidad de material suficiente para hacer un cercado”, dijo en alusión a la organización que ha promovido amparos.
La declaratoria de área natural protegida, sin embargo, existe para obligar a las autoridades a tener un cuidado especial sobre las zonas así catalogadas, eso incluye la inyección de recursos públicos sin importar si la zona es o no privada. Así como evitar el deterioro del bosque de mezquites, asegurar la permanencia de sus servicios ambientales, proteger la zona de afloramiento e infiltración hídrica que actúa como contenedor de aguas pluviales y – restaurar los espacios deteriorado, entre otros.
“No sólo el Estado puede y debe invertir en un predio privado, los propietarios también deben invertir en función de la categoría que tiene su propiedad como zona de conservación ecológica, con una función social y ecológica. El artículo 27 constitucional establece que la propiedad en sí es originaria de la nación y si tiene una función ecológica, esa función es la que debe proteger el estado, no la propiedad privada, la inversión no es sobre el espacio privado, es sobre la conservación”, respondió la Clínica de Litigio Estratégico en Derechos Humanos, equipo jurídico de Salvemos La Pona.
Frente al desacato en el cuidado, el Juzgado local dio vista al Ministerio Público Federal, quién de acuerdo con Juan Manuel Rosales, director jurídico del ayuntamiento capital, ya les notificó de la vista, sin que hasta el momento haya procedido alguna otra acción.
El juicio de amparo promovido por Salvemos La Pona, sin embargo, ha tenido un revés. Tras obtener la suspensión definitiva para realizar cualquier tipo de obra en la mezquitera y garantizar su protección, en 2023 el Municipio de Aguascalientes impugnó la resolución a través de un recurso de revisión en el que argumentó cuestiones técnicas relacionadas con el momento en el que fue presentada la demanda de amparo. El Tercer Tribunal Colegiado le dio la razón a la autoridad y determinó la suspensión del proceso judicial. La organización, por su parte, presentó sus argumentos y ha exigido que los juzgadores prioricen el fondo sobre la forma. Por ahora el caso permanece pendiente de resolverse, aunque permanece la suspensión de cualquier acto de urbanización.
“Justamente tenemos los dobles discursos con que se quiere aplicar la formalidad. Es un sinsentido que obedece a poner el rigor formalista de la ley sobre la parte de los quejosos y no exigirlo a su vez, a la propia autoridad”, explicó Belinda Camarena.