Denuncian a ministerio público de la Mixteca por negar derecho a víctima de violencia digital

Citlalli López|Ororadio |enero 16, 2023|OAXACA, Oax. A través de redes sociales, organizaciones feministas, así como la impulsora de la Ley Olimpia en el país, Olimpia Coral Melo denunciaron la falta de capacitación en perspectiva de género al interior de la Vice fiscalía Regional de la Mixteca demarcación donde se ubica Huajuapan de León, municipio con Alerta de Violencia de Género contra las mujeres por el alto índice de desapariciones y feminicidios.

Ninguna víctima merece obstaculización de sus derechos, escribió Olimpia Coral Melo; tras replicar el comunicado de Marea Verde Mixteca en donde relataron lo ocurrido e hicieron un llamado a capacitar a los ministerios con perspectiva de género y actualizarlos con las nuevas reformas del Código Penal del Estado de Oaxaca.

Y es que relataron que el 10 de enero dieron acompañamiento a una víctima para interponer una denuncia por violencia digital, sin embargo, esta no pudo ser levantada porque al ministerio público asignado, Sixto Cruz Vásquez respondió que la violencia digital no existía.

La Ley Olimpia donde se reconoce la violencia digital en el artículo 249 fue aprobada en el estado de Oaxaca desde agosto de 2019, y han sido años de lucha por el reconocimiento de ésta, no más retrocesos, indicó la colectiva.

Oaxaca fue la décima entidad en establecer la llamada Ley Olimpia, desde entonces a la fecha quienes ejerzan estos delitos son sancionados desde cuatro a ocho años de prisión y con multas de 1000 a 2000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización Vigente.

El artículo 249 del Código Penal establece que comete el delito de violación a la intimidad sexual quien por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya, publique o solicite imágenes, audios o videos de una persona de contenido íntimo, erótico o sexual ya sea impreso, grabado o digital sin el consentimiento de la víctima.

En octubre del año pasado la 65 Legislatura hizo una adicción al Capítulo Tercero Bis de la violencia digital y mediática a la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres de una Vida Libre de Violencia de Género para que se considere agresión y se castigue el ciberacoso y sexting, es decir se sancione a quienes envíen mensajes intimidatorios o amenazantes de contenido explícito y la publicación de información privada por ser formas de violencia contra la mujer.

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