Sancionar actos discriminatorios y transfóbicos contra transgénero, exhorta Congreso Oaxaca

-La Fiscalía General de Justicia del Estado debe investigar exhaustivamente los delitos cometidos y la Defensoría de los Derechos Humanos agilizar investigación y emitir recomendación, propuso el diputado Sesul Bolaños, del Partido Morena.

Juan López Sánchez/Barra Informativa/Oaxaca Aquí y Ahora/Oaxaca, 23 de julio 2022.- Tras los acontecimientos sucedidos el pasado 27 de junio del año en curso en la comunidad de San Juan Colorado, donde la autoridad municipal cometió actos de discriminación y transfobia en contra de César Iván Mendoza “LIZETH NN”, el diputado del Partido Morena, Sesul Bolaños, acompañado por la diputada del Partido Unidad Popular, presentó un punto de acuerdo para exhortar a la Fiscalía General del Estado una investigación a fondo del caso en cuestión, así como prontitud y emisión de recomendaciones a la Defensoría de  los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.

En la propuesta, votada a favor, se le exhorta respetuosamente al Licenciado Arturo de Jesús Peimbert Calvo, Fiscal General del Estado de Oaxaca, para que a la brevedad y de forma exhaustiva investigue los delitos que se cometieron en contra de Lizeth NN integrante del Colectivo LGBTTTIQ en el municipio de San Juan Colorado Oaxaca, así mismo exhortar de manera respetuosa al Licenciado Bernardo Rodríguez Alamilla Titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca para que agilicé la investigación del expediente DDHPO/1016/(11)/OAX/2022 y emita la recomendación correspondiente, lo anterior para sancionar los actos discriminatorios y transfóbicos que pudiesen haberse configurado en contra de Lizeth NN.

De acuerdo a un comunicado emitido por el colectivo LGBTTTIQ JUNTAX por Oaxaca, LIZETH fue encarcelada injustamente por varios días, le cortaron el pelo y lo vistieron de hombre, señalándole que era hombre no mujer.

Las acciones expuestas caen en la violación a la legalidad, explicó el legislador morenista ante el pleno, porque en el 5º párrafo de nuestra carta magna se establece que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias.

Asimismo, abundó, en la Ley para Atender, Prevenir, eliminar la Discriminación en el estado de Oaxaca, indica en el artículo sexto que: queda prohibida toda práctica discriminatoria, que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejecución de los derechos y la igualdad real de oportunidades.

Se entenderá por discriminación, puntualizó Bolaños López, toda distinción, exclusión, restricción o preferencia, por acción u omisión, con intención o sin ella, que no sea objetiva, racional ni proporcional y que, basada en uno o más de los siguientes motivos: origen étnico o nacional, el sexo, el género, identidad sexo genérica, preferencia sexual, edad, apariencia física, color de piel, características genéticas, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, condición migratoria, embarazo, idioma, lengua o dialecto, religión, opiniones, identidad, ideas o filiación política, estado civil, cultura, situación familiar, antecedentes penales o cualquier otra condición, que tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos humanos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, lesbofobia, transfobia, cualquier manifestación de xenofobia, antisemitismo, así como de discriminación racial y de otras formas conexas de intolerancia, incluyendo diferencias en las remuneraciones, apoyos, becas, estímulos y/o compensaciones que reciban los deportistas paralímpicos y el impedimento del acceso a la participación en el ámbito político.

Además del exhorto a la Fiscalía y Defensoría, el diputado de la 4ª transformación consideró urgente la implementación de políticas públicas y acciones tendientes a que las autoridades incorporen en su actuación la perspectiva de derechos humanos, apegados a los principios de Yogyakarta, los cuales son una serie de principios sobre cómo se aplica la legislación internacional de los derechos humanos a las cuestiones de orientación sexual e identidad de género.

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