11/01/2021 |Ana Lilia Pacheco |Noticias. De acuerdo con el Censo Nacional de Gobiernos Estatales 2021 Oaxaca ocupa el primer lugar con mayor cantidad de servidores públicos que fueron sancionados por cometer faltas administrativas.
El censo realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) señala que en Oaxaca se sancionaron a 340 servidores públicos, seguido de Veracruz con 326 e Hidalgo con 277.
El Inegi señala que Oaxaca, Veracruz e Hidalgo fueron las entidades federativas que presentaron la mayor cantidad de servidoras y servidores públicos de las instituciones de las administraciones públicas sancionadas por su responsabilidad en la comisión de faltas administrativas.
Durante 2020, a nivel nacional, se impusieron 2 mil 123 sanciones a servidores públicos, de las cuales el 95.9 por ciento fueron administrativas y 4.1 por ciento económicas.
De acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), las faltas administrativas son el tipo de infracción por acción u omisión realizada por un servidor o una servidora pública o particular en perjuicio del bien público.
Éstas pueden ser graves o no graves; también se contemplan las faltas de particulares.
Las graves son las sanciones corresponde al Tribunal Federal de Justicia Administrativa y sus homólogos en las entidades federativas mientras que las no graves su sanción corresponde a las secretarías y a los órganos internos de control.
Manual sobre faltas administrativas
Algunas de las faltas graves se encuentran previstas en los artículos 52 a 64 de la LGRA son el cohecho, peculado, desvío de recursos, utilización indebida de información, abuso de funciones, actuación bajo conflicto de interés, contratación indebida, enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés, tráfico de influencias, encubrimiento, desacato y obstrucción de la justicia.
De acuerdo con el Manual sobre faltas administrativas y delitos de corrupción de servidoras y servidores públicos y particulares en el caso de Oaxaca a la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado, Órgano Interno de Control (OIC), Auditoría Superior del Estado (ASE), y al Tribunal de lo Contencioso Administrativo y de Cuentas les corresponde hacer la investigación en caso de faltas administrativas.
Mientras que al Órgano Interno de Control le corresponde realizar las sanciones; sin embargo, en caso de faltas administrativas graves, la ASE es competente para investigar y denunciar.
Y en los casos de evolución patrimonial la Secretaría y los OIC están facultados para investigar y denunciar.