Sino hay suministro eficiente de agua potable en Oaxaca, que no se pague, propone Elena Cuevas Hernández

Juan López Sánchez/Barra Informativa/Oaxaca, 14 de julio 2021.- No obstante que el derecho humano del acceso al agua está establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Oaxaca, actualmente no existe es esta entidad un estudio que dictamine la situación actual del acceso al agua potable y la eficiencia del suministro de la misma.

Esto, indica la iniciativa presentada por la diputada Elena Cuevas Hernández, impide demostrar con claridad si el abasto y la infraestructura suficiente para el suministro necesario, a cargo de los operadores estatales y municipales está garantizando según las necesidades de cada núcleo de población.

Lo que sí existe, es una escasez y una deficiencia en el suministro de agua potable evidenciado por las constantes quejas de la población y el surgimiento de distribuidores particulares de agua potable, sobre todo en núcleos de población urbanos.

Existe también, donde hay infraestructura para distribuir agua potable, el cobro de cuotas por el servicio, sin que éste garantice la eficiencia del servicio en el suministro.

A pesar de ello, la Ley de Agua Potable y Alcantarillado para el Estado de Oaxaca, establece que el operador municipal deberá proporcionar los servicios de agua potable, mismos por los que recaudará cuotas y tarifas relacionadas con los servicios.

Además establece ordenar y ejecutar la suspensión el servicio por falta de pago, pero no considera lo que sucedería si el operador municipal no garantizara lo que está obligado a proporcionar.

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