Sala Xalapa confirma sanción a Nueva Alianza por irregularidades en informes de precampañas

Luis Ignacio/Noticias/Lun, 05/03/2021 – 08:48. La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la multa impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) al partido Nueva Alianza Oaxaca por diversas irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de precampaña a los cargos de diputaciones locales y concejalías a los Ayuntamientos correspondientes al proceso electoral local, por un total de 85 mil 479 pesos con 05 centavos.

Al resolver el recurso de apelación, número SX-RAP-40/2021, los magistrados señalaron que una vez que se cotejan los informes de precampaña con los resultados del monitoreo que lleva a cabo el INE, se procede a notificar a los partidos políticos y a las personas precandidatas registradas ante el Sistema Integral de Fiscalización (SIF) –de forma electrónica, a través del módulo de notificaciones del sistema en línea–, los casos en los cuales los resultados entre uno y otro no sean compatibles.

Agregan que en este documento se emiten las observaciones de la autoridad y se adjunta como evidencia los hallazgos que se encontraron.

Es en este momento en el que los sujetos obligados están en condiciones de hacer valer su garantía de audiencia y demostrar, ante la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF), que llevaron a cabo conductas eficaces para justificar la omisión o las deficiencias en sus informes.

“En otras palabras, es la oportunidad para realizar las manifestaciones que consideren pertinentes, subsanar las faltas u omisiones que se señalaron y presentar las aclaraciones o la documentación necesaria para desvirtuar las observaciones del órgano fiscalizador. La autoridad debe valorar e incorporar estas acciones en la resolución final”.

Subrayan que al haber resultado infundados e inoperantes los agravios hechos valer por el partido apelante, lo procedente es, de conformidad con el artículo 84 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, confirmar en lo que fue materia de impugnación, el dictamen consolidado y la resolución controvertidos.

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