En el recurso interpuesto por la priista Ivonne Teresa Yasmín Corral se recuerda que «el caso de la presunta red de prostitución que operaba en la sede del PRI de la Ciudad de México será revisado» por la Fiscalía capitalina, «ya que existieron omisiones graves que afectaron el proceso».
Redacción AN / GS/ 9 de febrero 2021 2:19 pm. Una priista impugnó el “acuerdo de la Comisión Nacional de procesos internos” del PRI, con el cual se validó la postulación de Sandra Vaca Cortés como candidata de ese partido a una diputación federal.
Vaca Cortés era la reclutadora de Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre en la red de prostitución que operaba desde el PRI capitalino, como documentó el equipo de investigación de Noticias MVS Primera emisión, encabezado por la periodista Carmen Aristegui.
El recurso señala “la evidente inelegibilidad” de Vaca Cortés, postulada para el Distrito Electoral Federal 8 en la Ciudad de México; así como discriminación y violencia política en razón de género.
Se apunta que Vaca Cortés no cumple con el artículo 181 fracción VI de los Estatutos del partido, que indican que quien pretenda ser postulado por el partido como candidata o candidato a un cargo de elección popular por el principio de Mayoría Relativa, deberá “mostrar una conducta pública adecuada y no haber sido condenado por delito intencional del orden común o federal, en el desempeño de funciones públicas, ni por ejercer violencia política por razón de género”.
La queja cita los archivos de la Comisión de Justicia Partidaria en los expedientes identificados con las claves CNJP-PS-DF-010/2014 y CNJP-PS-DF-014/2014, abiertos tras haberse expuesto la red de prostitución.
En ellos “se da cuenta de un caudal probatorio que permite señalar que hubo un daño a la imagen pública del partido”.
En el recurso interpuesto por la priista Ivonne Teresa Yasmín Corral se recuerda que “el caso de la presunta red de prostitución que operaba en la sede del PRI de la Ciudad de México será revisado” por la Fiscalía capitalina, “ya que existieron omisiones graves que afectaron el proceso”.
Y se mencionan notas en medios, como Aristegui noticias, como las tituladas “Así reclutaba mujeres Sandra Vaca para Gutiérrez de la Torre” y “Sandra Vaca me dijo que debíamos ofrecer servicios sexuales a Gutiérrez de la Torre: Testigo”.
“Al respecto, cabe precisar que el requisito de elegibilidad que en nuestros estatutos y la convocatoria respectiva se exige para ocupar un cargo de elección, consistente en contar con arraigo y prestigio entre la militancia y la sociedad, reconocido liderazgo y no haber sido señalado de actos de violencia política en razón de género no necesariamente queda debidamente cumplimentado con la firma del formato autorizado por la Comisión Nacional de Procesos Internos en el cual los candidatos firman bajo protesta de decir verdad que cumplen con los mismos, ya que la presentación de tal documento, aun cuando otorga una presunción iuris tantum en dicho sentido, admite prueba en contrario, tal como en la especie acontece, al tenerse por acreditado con los elementos probatorios que se mencionan en el presente escrito, que la candidata al distrito 8 federal SANDRA VACA CORTÉS, no cumple con los citados requisitos y por ende debe revocarse su registro, la declaración de validez y en consecuencia la constancia de mayoría.
“En virtud de lo expuesto, es evidente que al no cumplirse con los requisitos exigidos, se debe revocar el registro, la validez de la elección y en consecuencia la constancia de mayoría”, sentencia.