· 25 de noviembre Día Internacional contra la violencia hacia las mujeres.
*Raúl Maldonado Zurita|PASANDO LISTA DE PRESENTE en el aula de la vida para citar a Osho: “A la mujer hay que amarla, no comprenderla, eso es lo primero que hay que comprender”. El 25 de noviembre, “Día internacional de la no violencia contra la mujer”, son 24 horas para hacer conciencia de la no violencia contra “el cachito de cielo que Dios nos dio”. El 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de la ONU así lo declaró. Nada justifica la actitud animalesca de agredir a la mujer, física, psicológica y moralmente.
Viene a mi memoria los versos de la poetisa Sor Juana Inés de la Cruz, que el pasado 12 de noviembre cumplió un año más de vida literaria, y su obra es todo un dulce para los enamorados, y es también un latigazo para los “machos”:
Hombres necios que acusáis a la mujer sin razón, sin ver que sois la ocasión de lo mismo que culpáis.
Si con ansia sin igual solicitáis su desdén, ¿por qué queréis que obren bien si las incitáis al mal?
Combatís su resistencia y luego, con gravedad, decís que fue liviandad lo que hizo la diligencia.
Cada 25 de noviembre se celebra en todo el mundo el “Día de la no violencia contra la mujer”. Esta fecha conmemora el asesinato de las tres hermanas Mirabal, el 25 de noviembre de 1960, militantes opositoras a la dictadura que ejerció, por más de 30 años, Leónidas Trujillo en la República Dominicana.
Es un imperativo que las mujeres no permitan que nadie las maltrate o humille, es necesario que conozcan sus derechos.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, establece en su artículo 6, los tipos de violencia, si eres víctima denuncia, ¡No te calles!
Los tipos de violencia contra las mujeres son:
I. La violencia psicológica. Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio;
II. La violencia física. – Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas;
III. La violencia patrimonial. – Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima;
IV. Violencia económica. – Es toda acción u omisión del Agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral;
V. La violencia sexual. – Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la Víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto, y
VI. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
*PREMIO ESTATAL DE LA JUVENTUD BICENTENARIO 2010, MAESTRO EN LITIGACIÓN EN JUICIOS ORALES