San Raymundo Jalpan, Oax. 26 de abril de 2020.- Ante el Pleno Legislativo del Congreso Local, fue presentada la iniciativa por la cual se expide la Nueva Ley de Amnistía para el Estado de Oaxaca.
Esta propuesta de ley, refuerza la agenda de derechos humanos de la LXIV Legislatura Local, para dejar en libertad a presos políticos y personas encarceladas injustamente.
También, abre la puerta a una opción más para minimizar los riesgos de contagios, y de fallecimientos que implica la pandemia del COVID-19, aunado a la sobrepoblación en los centros penitenciarios que presenta niveles críticos en el Estado.
El proyecto de Ley, impulsado por la legisladora Laura Estrada, que consta de 11 artículos y cuatro transitorios, propone decretar la amnistía por el delito de aborto, cuando se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido, y cuando se impute a las o los médicos, o a las y los parteros, siempre y cuando la práctica se haya llevado sin violencia.
Asimismo, ante delitos imputados a personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, que no hayan contado con un intérprete o defensor con conocimiento de su lengua y cultura.
También, plantea la amnistía por el delito de robo simple y sin violencia, siempre que no amerite pena privativa de la libertad de más de cinco años. Además, por sedición y delito político, o porque hayan invitado o incitado a la comisión de otros delitos impulsado por razones políticas.
“Actualmente, existen casos de personas privadas de su libertad, que aún no han recibido sentencia y que el tiempo que llevan en prisión, en muchos de los casos, ya es mayor al tiempo de condena que pudieran recibir”, argumentó Laura Estrada.
La Ley de Amnistía para el Estado de Oaxaca no beneficiará a quienes hayan cometido delitos contra la vida, la integridad corporal, secuestro o hayan utilizado en la comisión del delito de violencia o armas de fuego.
De acuerdo con el último Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, realizada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Oaxaca obtuvo la calificación de 6.03, debido a la sobrepoblación que existe en estos centros.
Cabe puntualizar que la reforma en el mismo sentido, aprobada recientemente en el Senado, aplica solo para imputados o sentenciados por el fuero federal por lo que los congresos locales deben aprobar leyes para delitos de fuero común.