-En el Congreso de Oaxaca la Dirección de Biblioteca y Archivo lleva un avance del 80% en su aplicación, informó el titular Alejandro Cruz.
Juan López Sánchez|Barra Informativa|Oaxaca, 14 de junio 2019.- Este 15 de junio del 2019 entra en vigor la Nueva Ley General de Archivos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 15 de junio de 2018 y emitida por el Presidente de la República Enrique Peña Nieto, misma que las legislaturas de las entidades federativas deberán armonizar en sus ordenamientos relacionados con dicha ley, en un plazo de 365 días, un año, se establece en los Transitorios del decreto enviado por el Honorable Congreso de la Unión al Ejecutivo.
No obstante el plazo perentorio establecido, la Dirección de Biblioteca y Archivo del Congreso del Estado de Oaxaca ya cuenta con un avance del 80% en los trabajos de operación establecidos en la mencionada normatividad, según dio a conocer el titular Alejandro Cruz.
La ley en cuestión es de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional, dice el Artículo 1 del CAPITULO ÚNICO y tiene por objeto establecer los principios y bases generales para la organización y conservación, administración y preservación homogénea de los archivos en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano, y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios.
Promover el uso de métodos y técnicas archivistas encaminadas al desarrollo de sistemas de archivos que garanticen la organización, conservación, disponibilidad, integridad y localización expedita de los documentos de archivo que poseen los sujetos obligados; y la regulación de la organización y funcionamiento del sistema institucional de archivos, a fin de actualizarlos y permitir la publicación en medios electrónicos de la información sobre indicadores de gestión y ejercicio de recursos públicos, así como aquella que sea de interés público, son dos de los objetivos de la nueva ley.
Nosotros, dice el joven director de la Biblioteca y Archivo Legislativo, estamos esperando que los diputados armonicen la ley estatal para iniciar la implementación y dar función a los archivos porque son diversa áreas, de concentración, históricos y temáticos. La historia del Congreso.
Queremos tener un buen orden de archivos del Congreso, que tenemos, donde están, conservarlos, darles un buen manejo, es cuidar nuestra historia y queremos tener en el futuro buenos archivos en papel y electrónicos.
Situación que viene a beneficiar a quienes soliciten algún documento relacionado con el trabajo del Poder Legislativo de Oaxaca, añadió el funcionario.
Se considera como Sujetos Obligados a cualquier autoridad, órgano y organismos de los poderes, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos; así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como las personas físicas o morales que cuenten con archivos privados de interés público.
Toda la información contenida en los documentos de archivo producidos, obtenidos, adquiridos, transformados o en posesión de los sujetos obligados, establece el Artículo 6, DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS, será pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que establece la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública y de protección de datos personales.